Apoyo económico para trabajadores durante la crisis - Overflow.pe

4 medidas de apoyo económico para trabajadores en Perú

El apoyo económico para trabajadores que se ha hecho público hoy en la Conferencia de Prensa del Presidente Vizcarra del Perú, cuyas definiciones buscan enfocarse en empresas y trabajadores, dada la crisis que vivimos hoy, gracias a la presencia del coronavirus.

Las políticas estatales, para evitar que la economía de las personas se vea afectada gravemente en el Perú, apuestan por evitar que las empresas mermen su capital de trabajo y al mismo tiempo los trabajadores puedan sostener de alguna forma los perjuicios del cierre de los mercados.

La ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Sylvia Cáceres y la ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva ofrecieron detalles al respecto de este paquete de acciones, en donde se refiere, se habrían incorporado sugerencias de la CONFIEP, de modo que, al mismo tiempo se trata de un beneficio para empresarios y emprendedores en el Perú.

No es fácil sin embargo, hallar un balance entre ambas posiciones, la de la fuerza laboral y la del capital empresarial. Y si bien, las normas buscan inyectar dinero en los hogares, las preguntas y críticas también han saldo a la vista, como en este caso, es obvio.

 



La figura de la suspensión perfecta aplicada por el Gobierno

Muchos aluden el término "perfecta" de esta fórmula como un despropósito, aunque esta figura laboral haya sido incorporada con mucha anticipación en la legislación peruana, sin embargo el momento actual nos pueden llevar a un camino muy incómodo.

En el panorama en que ha sido anunciada su aplicación (con cambios) sucederá lo siguiente:

  • No se elimina el vínculo laboral
  • No se pierde la posibilidad de retomarlo (aunque no se ha dicho qué ocurrirá si las condiciones empeoran)
  • Interviene el Estado con una subvención para los no formales
  • Interviene ampliando lo indicado para el caso del retiro de fondos de la AFP (dinero del trabajador)
  • Y lo vuelve a hacer, habitando que a pesar de la suspensión, se tenga acceso al la CTS (nuevamente, dinero del trabajador)
  • La empresa deja de pagar sueldos al 100%
  • Y el límite de S/. 2400 al parecer nos deja la duda respecto de los que ganan S/. 2401 en adelante y tampoco tienen ingresos hoy en día.

Se trata además, como fue indicado, de un proceso en el cual el Estado recibe una solicitud, que obviamente ha sido el resultado de haber extinguido otro tipo de negociaciones, o que, es el resultado de la imposibilidad de atender el mercado con las puertas abiertas.

Con un mercado mermado sin ventas pues en primera instancia, la gente tiene que apretarse la correa y hacer de tripas corazón, pero en uno donde las ventas hayan caído y esta norma no aplique ¿qué hacemos si existen de igual modo problemas económicos?: Tan solo esperar que nuestro empleado nos permita negociar.

En un mercado cerrado, detenido, parado o como queramos llamarle, esta norma permite una vía de oxígeno para los emprendedores y empresarios pequeños y medianos, que no tienen ingresos y ven, lamentablemente, en las remuneraciones, una reducción de su capital de trabajo.

¿Pero si subimos mucho más en la escala del tamaño empresarial?

Esperamos que la reglamentación sea clara en que la reactivación del salario, tal como lo plantea la norma original, sea inmediata en tanto la empresa se recupere.

Por el momento, ante la posibilidad de una recesión sin límites, pareciera que los dos meses de "bono para los suspendidos" y lo de la CTS y AFP no le ha caído bien a muchos.

Dada esta norma, las demás partes del paquete de apoyo económico para trabajadores, que hoy se ha difundido, son consecuencias interesantes que vale la pena revisar a detalle, y como señala  Ermo Mc Dowell en el artículo ¿Qué establece la Suspensión Perfecta de Labores? habrá que esperar al Reglamento para tener el panorama completo.

Retiro de S/. 2000 para todos los trabajadores afiliados a la AFP como apoyo económico para trabajadores

Las AFP son un caso crítico en muchas partes del mundo, en Latinoamérica, los trabajadores de Chile y Perú, sufren con este tema.

En el Perú, el Congreso aprobó una norma de retiro del 25% del fondo que no se ha rubricado aún, por el Presidente Vizcarra, y tampoco se ha escuchado referir en su mensaje de hoy.

Pero lo que ha llamado mucho la atención es que a partir de que se ponga en ejecución, la nueva medida implica que todos los afiliados de las AFP podrán retirar los S/. 2000 que antes se aprobaron para quienes no ejecutaban aportes en los 6 meses anteriores.

Se abre el camino para un retiro mayor y universal si la crisis se agudiza, pero ello es una opinión personal.

No fue muy claro el mensaje por si el total del desembolso incluye a todos los beneficiados pero se mencionó la cifra de S/. 9000 millones de soles, del dinero de los afiliados que de una forma u otra ingresarán a la Economía y sin duda alguna la dinamizarán en algunos rubros de consumo de primera necesidad, principalmente.

Retiro parcial de la CTS

Hace algunos días, se había establecido que sería S/. 2400 la cantidad autorizada para el retiro de fondos de la CTS para trabajadores activos, con este paquete de medidas, se añade a los trabajadores que se vean incorporados dentro de la modalidad de Suspensión perfecta.

Como una forma de apoyo económico para trabajadores, esta fórmula es muy interesante ya que permite disponer de liquidez a pesar de la suspensión de actividades, autorizando de forma parcial, el retiro establecido, desde su fondo de desempleo.

Obviamente quienes ya retiraron y sus empresas recién hoy ingresan a la Suspensión perfecta, no obtienen beneficio doble.

Según los montos acumulados, si S/. 2400 es lo único que se tiene, la cuenta de CTS no se liquida o anula, dada la suspensión.

4 medidas de apoyo económico para trabajadores en Perú



Subvención mensual durante la crisis como apoyo económico para trabajadores

El gobierno ha autorizado que, luego de aprobarse la Suspensión Perfecta de labores, sin pérdida del vínculo laboral entre el trabajador formal y la empresa que lo mantiene en planilla, se extienda una subvención mensual, asumida por el Estado.

Esta subvención sin embargo, sólo se asignará a quienes no tengan como parte de su fórmula de contratación derecho a la CTS.

Se trata de un monto de pago social mensual de S/. 760 soles, el cual se efectuará durante 3 meses, desde la aprobación indicada anteriormente.

Al poderse establecer para quienes no tienen una relación laboral mediante planilla, y utilizan otras formas de contratación, el beneficio aplica para muchísimos peruanos contratados por ejemplo, por recibo de honorarios.

Este pago mensual solo se entregará para quienes registren ingresos por S/. 2400 o menos.

Garantía de atención en Essalud para trabajadores y familias

En todos los casos, para evitar que se genere un período de carencia en la cobertura de Essalud y, al mismo tiempo, deducimos que, para no crear deuda con esta entidad de modo que siga operando, el Estado ha previsto 90 millones de soles para garantizar la atención médica.

Este beneficio aportará tranquilidad de la cobertura a los trabajadores y sus familias durante el tiempo que definen estas normas de apoyo económico para trabajadores.

Es una medida muy interesante que complementa y refuerza todo el apoyo económico para trabajadores que las normas de hoy nos han comunicado.

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